DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

parágrafo VI

En el parágrafo VI se debe expulsar la frase: “y la construcción de diques de cola”, ya que la disposición le otorga esa competencia a la unidad de medio ambiente del gobierno municipal. La competencia sobre medio ambiente es exclusiva del nivel central del Estado dispuesto por el art. 298.II.6 de la CPE, correspondiéndole al gobierno municipal a través de sus instancias la “Reglamentar y ejecutar el régimen y las políticas de residuos sólidos, industriales y tóxicos, en su jurisdicción” en aplicación de la competencia concurrente con el nivel central del Estado (art. 88.IV.3 de la LMAD).