DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 89. Régimen de Personas con Capacidades Diferentes

3.  Políticas municipales que garanticen un hábitat libre de barreras naturales, culturales, lingüísticas, comunicacionales, sociales, educacionales, arquitectónicas, urbanísticas, del transporte y de cualquier otro tipo, y a la eliminación de las existentes, para posibilitar el tránsito de las personas con capacidades diferentes.

13. El Gobierno Autónomo Municipal debe garantizar el acceso a la información y el cumplimiento de las leyes nacionales y locales que benefician a las personas con capacidades diferentes, respecto a pasajes diferenciados en transporte, rebaja de pago de impuestos y uso de servicios públicos, y prioridad de atención en diferentes actividades mediante normativa municipal y coordinación con medios de comunicación local.