DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 115. Participación de las regalías mineras

I.   En el ejercicio de competencia exclusiva municipal y departamental, el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza dada su cualidad de Municipio con gran capacidad de producción minera, participa en las regalías mineras departamentales, de acuerdo a normativa vigente y a los reajustes surgidos de la implementación de Censos Nacionales de Población y Vivienda y el nuevo esquema del pacto fiscal y/o distribución de la riqueza nacional referido a Municipios productores y no productores.

III. El Gobierno municipal gestionara buscar la distribución equitativa de las regalías mineras como municipio productor. Los recursos obtenidos por este sector deberán ser destinados a la inversión productiva agropecuaria y a mitigar efectos medioambientales negativos en los distritos rurales y urbanos productores.

V.  El Gobierno Municipal en coordinación con los distritos rurales del municipio deben priorizar procedimientos que permitan definir los porcentajes de distribución y asignación de las regalías mineras para temas de desarrollo productivo para garantizar la seguridad alimentaria y otros de necesidad del municipio y distrito productor.