DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 134. Plan de Ordenamiento Territorial

I.   El Plan de Ordenamiento Territorial constituye la base de valorización del potencial del territorio municipal, su diseño, elaboración y actualización debe contemplar el compromiso de sus habitantes en términos de sostenibilidad, desarrollo, distribución, planificación, revalorización, manejo adecuado, inventariación, y difusión de sus recursos.

III. La planificación, gestión territorial y ambiental que orienta, organiza, administra y optimiza el uso y ocupación del territorio en función a sus potencialidades, limitaciones y condiciones socioeconómicas, ambientales y culturales, considera además las restricciones del ecosistema y características de riesgo a nivel del Municipio, desembocando en la identificación y determinación de áreas definidas para la industria, minería, turismo, producción agropecuaria y otras actividades económicas y sociales.