DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 81. Desarrollo productivo

I.   Como mandato fundamental en la materia la Carta Orgánica establece que el desarrollo productivo es el sector indispensable e imperioso, sobre el cual se cimienta el crecimiento económico social de la jurisdicción municipal y su población, por lo que es necesario consolidar adecuadas estrategias para impulsar su progreso, las que nacen de la inquietud de la sociedad civil y sus formas organizativas.

II. Como precepto municipal, es deber de las autoridades y la población delinear e implementar dichas estrategias en concordancia con el mandato de la Constitución Política del Estado, las leyes vigentes y las por instaurarse, como una medida de máximo provecho del actual escenario socioeconómico y político del Estado Plurinacional, utilizando además las referencias de los instrumentos de planificación del sector que surgen del nivel central del Estado, los niveles departamentales autonómicos, las que surgen del proceso de mancomunidad municipal y los concernientes a las instituciones públicas y privadas relacionadas con el sector.

III. Institucionalmente se debe consolidar o en su caso fortalecer dentro la estructura organizativa oficialías, departamentos y unidades relacionadas con la actividad productiva en los ámbito rural y urbano, estos niveles deben contar con adecuado número de profesionales, idóneos, acompañados de equipamiento, logística, de carácter descentralizado, encargados de generar respuestas y soluciones a las exigencias que promuevan el desarrollo económico, a través de herramientas adecuadas demandadas por los agentes económicos de la jurisdicción municipal.

IV. Como base para la toma de decisiones el Gobierno Municipal implementa procesos de recogida de información primaria como inventario para consolidar base de datos estadísticos en todos los rubros con amplia participación de los actores económicos, dando cuenta del potencial productivo del Municipio con tendencia a desarrollo en corto y largo plazo con la implementación de planes, programas y proyectos de promoción del empleo, recursos para inversión, capacitación de recursos humanos.

V.  Se establece como prioridad la elaboración del “Plan de desarrollo integral productivo”, primera herramienta de planificación, que garantice participación y concurrencia de recursos de inversión, participación institucional y de intervención de los agentes económicos de la jurisdicción municipal.

VII. Implementar la visión empresarial a todas las actividades económicas del Municipio, asumiendo la dimensión de la misma en fomento al Desarrollo Económico Local, crecimiento del tejido económico, y consolidación de las actividades de la micro, pequeña y gran empresa, incorporando actividades concretas de:

VIII.        Las organizaciones económicas, agentes económicos y demás actores del sector son garantía y respaldo social que gestiona y compromete recursos económicos que se consolidan en los instrumentos de planificación y de ejecución financiera, que además permiten a las autoridades municipales consolidar plataformas de concurrencia de recursos económicos con organismos público, privados, municipales, provinciales, departamentales, nacionales, e internacionales a los efectos y fines del logro de objetivos del desarrollo productivo.

XII. Las organizaciones sociales en coordinación con el Gobierno Municipal, deben generar convenios de cooperación interinstitucional para contar con equipos de técnicos que permitan asesorar los procesos de la calificación, selección de productos que deben ser tomados en cuenta en los espacios de  industrialización y comercialización en los mercados internacionales, nacional y local.

XIII.        El Gobierno Municipal en coordinación con las organizaciones sociales productivas, debe elaborar e implementar programas y proyectos que permitan consolidar financiamientos que apoyen a acceder a créditos financieros y fortalezcan los procesos de implementación o mecanización agropecuaria para consolidar la industrialización y comercialización de productos locales.