DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 70. Saneamiento Básico

VI. El Gobierno Autónomo Municipal fiscalizará, reglamentará, realizará seguimiento, y monitoreo a la empresa municipal prestadora de servicios de agua potable, y alcantarillado sanitario en los ámbitos rural y urbano, para garantizar la calidad, continuidad, cantidad, cobertura, costo y cultura del agua. Los resultados de evaluaciones e inspecciones técnicas a sistemas de saneamiento básico rural y urbano permitirán replantear opciones y alternativas de solución de forma inmediata.

VIII.       El Gobierno Autónomo Municipal fiscalizará, fortalecerá y supervisará la Empresa de Aseo Urbano con la designación de personal y la implementación de equipamiento adecuado y suficiente, que permitan control oportuno y eficiente de focos de contaminación, involucrando a la población en general en espacios de educación sobre el uso y manejo de residuos sólidos, priorizando la construcción de rellenos sanitarios domiciliarios.