DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

art. 134 en dos parágrafos,

El art. 134 en dos parágrafos, dispone la implementación del Plan de Ordenamiento Territorial en base a su competencia exclusiva establecida en el art. 302.I.6 de la CPE. El primer parágrafo procede a una conceptualización sobre qué es lo que el estatuyente, entiende sobre este instrumento técnico que en el marco de su autonomía, es permisible que lo haga.