DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 137. Referendos municipales

I.  En concordancia con el mandato constitucional y el ejercicio pleno de Autonomía en la jurisdicción se consolidaran políticas municipales que permitan y garanticen la implementación del referéndum municipal vinculante como un instrumento y mecanismo de participación de forma directa de la sociedad organizada.

III. La Sociedad Civil Organizada mediante este procedimiento social, jurídico legal, sustentada por el Órgano Legislativo y pasos sucesivos establecidos legalmente, determinaran la suspensión temporal y en definitiva la permanencia o no de las Autoridades Municipales que no estén cumpliendo con las Políticas de Desarrollo del Municipio y afecten a los intereses de la población en general, la iniciativa ciudadana se atribuirá medidas en caso de insatisfacción de demanda.