DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

numeral 16

Por otro lado, en el numeral 16, la norma básica incurre en incompatibilidad al imponer la obligación al ciudadano para: “Interponer los recursos administrativos y judiciales para la defensa de los derechos reconocidos en la presente Carta Orgánica”, contraviniendo art. 14.IV de la CPE, que señala: “En el ejercicio de los derechos, nadie será obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes no manden, ni a privarse de lo que éstas no prohíban”, además que la norma básica no es el instrumento idóneo para adjudicar la competencia a particulares o instituciones a efectos interponer recursos judiciales ordinarios, administrativos o constitucionales, siendo conforme la norma procesal jurisdiccional la que deben hacerlo y ser sancionada por el nivel central del Estado.