DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

3.

a.    Presidencia.- Encargada de representar al Concejo Municipal, presidir la directiva y las sesiones del Pleno del Concejo, organizar el sistema de trabajo de la directiva y coordinar las actividades legislativas,  institucionales, y los asuntos de desarrollo municipal, además de las otras atribuciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento General;

3.   De audiencia pública.- Para escuchar y atender de manera directa a la ciudadanía o comunidad individual o colectiva, sobre aspectos relativos a las facultades y atribuciones del Concejo Municipal; pudiéndose escuchar temas de atribución de la Alcaldía sólo con fines de fiscalización. Todas las inquietudes de la ciudadanía puestas a conocimiento del Concejo serán atendidas obligatoriamente. El Reglamento General establecerá la periodicidad de las sesiones de audiencia pública, debiendo realizarse éstas en cada distrito al menos una vez al año, salvo negativa de sus representantes. Las demás serán en la sede de gobierno municipal.