DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Naturaleza, función y dependencia de la Guardia Municipal

El artículo analizado, califica a la guardia municipal como “…fuerza pública local responsable de apoyar en el cumplimiento de las normas municipales…” (sic) disposición contraria a lo dispuesto por el art. 302.I.36 de la CPE, que determina como competencia exclusiva de la entidad autónoma municipal: “Constituir y reglamentar la Guardia Municipal para coadyuvar el cumplimiento, ejercicio y ejecución de sus competencias así como el cumplimiento de las normas municipales y de sus resoluciones emitidas”, donde claramente no se refiere en específico a atribuciones otorgadas por la Carta Orgánica y por la legislación municipal.