DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Artículo 118.

I. El Gobierno Autónomo Municipal, en coordinación con los otros niveles de Gobierno, tomará las previsiones necesarias para evitar y/o minimizar el impacto de desastres por causas naturales como inundaciones, sequías, sismos y otros; asegurando la construcción de sistemas de desagües pluviales y fluviales adecuados, represas y otras formas de reservas de agua, y el establecimiento de normas para la construcción de edificaciones con capacidad antisísmica entre otras medidas. Existirá una instancia permanente responsable de la atención inmediata y gestión de riegos que contará con recursos adecuados y suficientes.

III. El Gobierno Autónomo Municipal, frente a las situaciones de desastres naturales dispondrá la atención inmediata de las mismas en coordinación con las instituciones e instancias que correspondan en situaciones de emergencia coordinará con las instancias de emergencia correspondientes, atendiendo las mismas de manera inmediata y a través de sus instancias pertinentes.

IV. Las autoridades municipales y sociales gestionarán, ante las instancias correspondientes, el apoyo del Estado para el resarcimiento de daños causados por desastres naturales que generen impacto negativo en la economía local. Definiendo una instancia técnica, dependiente de la Alcaldía de Punata, para efectuar todas las tareas concernientes a la Gestión de Riesgos y Cambio Climático.