DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Artículo 89.

4.    Promover el fortalecimiento de las relaciones familiares, para evitar la desintegración de la familia, logrando la recuperación y fortalecimiento de valores de relacionamiento básico entre miembros de la familia, la sociedad y la naturaleza, permitiendo el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes. Fortalecer el rol de los padres en cuanto al cuidado, protección y educación integral de sus hijos.

9.    Implementar políticas públicas expresadas en programas, proyectos, planes, acciones, defensa, atención y protección a favor de la infancia, la niñez y adolescencia; además de programas de prevención contra toda forma de violencia, para garantizar un desarrollo saludable e integral de los mismos.

10. Desarrollar políticas especiales para la atención y protección de niños, niñas adolescentes en situación de vulnerabilidad, como ser víctimas de violencia física y sexual, discapacidad, abandono, trata y tráfico; procurando su pleno desarrollo personal y social. Así como la reinserción familiar y social de las niñas, niños y adolescentes en situaciones de abandono y maltrato.

II. El régimen de la infancia, niñez y adolescencia estará establecido por la Ley Municipal de Desarrollo Integral de la Infancia, Niñez y Adolescencia, con el respectivo conjunto de reglamentos y otras normas municipales operativas definidas en base a los parámetros establecidos en la presente Carta Orgánica y las leyes correspondientes.

III. El Gobierno Autónomo Municipal, implementará en puntos estratégicos del territorio municipal, Centros Integrales de acogida y albergues para niñas, niños y adolescentes en situación de abandono, maltrato, violencia de género, violencia sexual u otros, con infraestructura, equipamiento, servicios de calidad y calidez humana y profesional especializados; para este fin coordinara con el nivel central del Estado y el nivel Departamental, instituciones u organismos nacionales e internacionales públicos y privados.

IV. El cuidado, generación de valores y educación de la infancia, niñez y adolescencia, es responsabilidad primordial de los padres, madres de familia y/o tutores, siendo los mismos la primera autoridad sobre los hijos e hijas; por lo que en la sociedad y en la educación formal se promoverán siempre el respeto íntegro de los hijos hacia sus padres y madres y viceversa.