DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Artículo 35.

II. La Guardia Municipal ejercerá sus funciones de manera integral, indivisible y bajo mando único y directo del Alcalde o Alcaldesa o a través de una de sus autoridades jerárquicas. La composición, estructura, funciones, responsabilidades y demás aspectos de funcionamiento de la Guardia Municipal estarán establecidos por Ley Municipal, debiendo reglamentarse.