DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

El Magistrado Relator en uso de las facultades conferidas por el art. 5.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo) requirió a través de la Comisión de Admisión documentación adicional mediante decreto de 14 de marzo de 2016, disponiéndose a su vez la suspensión del cómputo del plazo para el pronunciamiento de la Declaración Constitucional Plurinacional hasta que sea decretada la conformidad de la recepción de la documentación solicitada.

Posteriormente, al no alcanzar al no alcanzar consenso suficiente en Sala Plena, se procedió a un segundo sorteo de 4 de mayo de 2016, conforme acuerdos jurisdiccionales 012/2012 de 20 de diciembre y 011/2014 de 11 de septiembre (fs. 128). El Magistrado relator solicitó documentación adicional a través de la Comisión de Admisión, disponiéndose por segunda vez la suspensión de plazo mediante decreto de 16 de junio de 2016, hasta que sea decretada la conformidad de recepción de la documentación solicitada.