DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Artículo 111.

I. El Gobierno Autónomo Municipal, mediante un sistema de promoción y control del abastecimiento local establecido mediante Ley Municipal, promoverá y garantizará el abastecimiento de productos necesarios para la seguridad alimentaria y la actividad económica a todas las comunidades y poblados del Municipio. Generará accesibilidad territorial, económica y física a tales productos mediante la construcción y mantenimiento de mercados, implementación de espacios zonales para ferias móviles o periódicas; promoviendo la generación privada de tiendas, almacenes y otros centros de abasto. Y coordinará con los centros productores y transportistas la distribución de los productos a precios accesibles.

V. El Gobierno Autónomo Municipal coordinará espacios de comercialización e intercambio de productos en las ciudades capitales y otros centros económicos importantes, evitando desde un inicio demasiados niveles de distribución que generen alza de precios, para garantizar así precios justos en la compra y venta de productos.