DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Artículo 60.

Cada proyecto o servicio de consultoría tendrá un responsable de la fiscalización técnica del proceso de ejecución, el cual será una servidora o servidor público de planta. También se podrá contratar los servicios profesionales externos para la supervisión técnica. La supervisión y/o fiscalización técnica se complementará con el control social del proyecto.