DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

(ACCESO A LA CONDICIÓN DE ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS)

Por otro lado, por mandato constitucional del art. 271 de la CPE, el art. 49 de la LMAD, norma especial del régimen autonómico define con claridad: “(ACCESO A LA CONDICIÓN DE ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS). I. Todos los municipios del país gozan de autonomía municipal conferida por la Constitución Política del Estado”, de cuyas citas legales se infiere como primeras aserciones: los gobiernos municipales son autónomos por mandato constitucional y sin necesidad de mayor trámite; el modelo de autonomía y los alcances están desarrollados por la Norma Suprema no por la Carta Orgánica; consecuentemente no es la norma básica la que define la naturaleza de la autonomía como modelo.