DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

nacionalidad boliviana

Sobre el inc. a), se debe observar que el estatuyente erróneamente ha introducido una palabra que hace incompatible a toda la disposición, toda vez que el art. 234 de la CPE, exige contar con la nacionalidad boliviana, frase que ha sido sustituida de forma oficiosa por la palabra “ciudadanía” en el proyecto de Norma Básica Institucional, conceptos totalmente distintos que hacen al fondo de la regulación, por tanto se declara la incompatibilidad de la palabra: “ciudadanía” que deberá ser modificada por el estatuyente en apego a la cita constitucional glosada.