DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Artículo 101.

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Punata gestionará, en coordinación con otros niveles de Gobierno, la construcción y ampliación de las redes de energía eléctrica para todas las comunidades y centros poblados del Municipio, garantizando progresivamente el acceso territorial, económico y físico a tal fuente de energía para el abastecimiento doméstico e industrial de toda la población.

II. Todas las avenidas, calles,  parques, campos deportivos y otras áreas recreativas y publicas de los centros poblados, así como todas las vías de transito del municipio contarán con alumbrado público.  El Gobierno Autónomo Municipal deberá garantizar la ampliación del tendido de alumbrado público y mantenimiento  en un proceso progresivo, en proporción a la capacidad financiera y crecimiento urbano, según se necesite.

IV. En coordinación con los otros niveles de Gobierno, el Gobierno Autónomo Municipal gestionará la construcción y ampliación de redes de gas domiciliario para todas las comunidades y centros poblados del municipio, garantizando el acceso territorial, económico y físico a tal fuente de energía, para el consumo doméstico e industrial.

V. El Gobierno Autónomo Municipal implementará fuentes alternativas y renovables de energía mediante generadores solares, eólicos y otros para la demanda local, en función a las necesidades y posibilidades económicas y financieras del municipio, evitando los efectos perjudiciales a los derechos de la Madre Tierra y la seguridad alimentaria, en el marco de las competencias municipales.