DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Artículo 97.

II. La planificación municipal y ejecución del desarrollo territorial garantizará que toda infraestructura pública de competencia municipal sea instalada en puntos estratégicos desconcentrados del territorio municipal, a fin de garantizar el acceso territorial a los servicios públicos y privados correspondientes según la necesidad, así como la desconcentración de los mismos, previendo espacios para su ampliación de la infraestructura pública, en función al crecimiento poblacional y la demanda de determinados servicios.