DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Artículo 83.

I. En coordinación con el Gobierno central, el Gobierno Autónomo Municipal de Punata garantizará el acceso físico, territorial y económico a la educación básica, inicial, primaria y secundaria, para toda la población del Municipio. Con tal fin, construirá establecimientos educativos territorialmente desconcentrados, con servicios básicos, mantenimiento, equipamiento, mobiliario, materiales educativos y las previsiones para estudiantes con discapacidad, necesarios en todo el territorio municipal, acercando el servicio de educación básica regular, alternativa y especial a toda la población, así como para las instancias de coordinación y supervisión educativa. En caso de no existir una unidad educativa cercana a determinadas comunidades o viviendas con habitantes en edad escolar, el Gobierno Autónomo Municipal facilitará formas de apoyo para la asistencia de las y los estudiantes a sus actividades educativas, como implementar internados o transporte escolar para evitar la exclusión territorial en el acceso a la educación, de acuerdo a la capacidad financiara del municipio y considerando las condiciones diferenciadas del área rural y área urbana.

III. El Gobierno Autónomo Municipal será responsable de promover la reducción del analfabetismo informático, informacional y tecnológico e implementar salas de cómputo, talleres técnicos y laboratorios científicos para estudiantes de los diferentes niveles de la educación básica, en todos los establecimientos o unidades educativas del municipio; así como otros equipamientos para el acceso y manejo de las nuevas herramientas educativas.

IV. Con objeto de garantizar la calidad del aprendizaje en los procesos educativos, el Gobierno Autónomo Municipal, dotará alimentación complementaria adecuada a las y los estudiantes de las unidades educativas de la jurisdicción territorial del municipio, promoviendo además programas para evitar la deserción escolar en área rural y urbana.

V. En función a la necesidad de capital humano y de la demanda de educación técnica de la población del municipio, el Gobierno Autónomo Municipal gestionará ante el Gobierno Autónomo Departamental y Gobierno central, la implementación de politécnicos de calidad en el Municipio, accesibles a la ciudadanía local.

VI. El Gobierno Autónomo Municipal gestionará ante el Gobierno central y la Universidad Pública la desconcentración o descentralización de carreras universitarias de pregrado y postgrado al municipio o cercanas al mismo, en función a la necesidad de capital humano y de la demanda de formación superior de su población, debiendo además gestionar becas en instituciones de educación técnica, pregrado y postgrado nacionales y en el extranjero para estudiantes del municipio, facilitando y garantizando el acceso y administración transparente de la información.

VII. Las autoridades municipales supervisarán y velarán para que todos los niños, niñas y adolescentes tengan acceso a la educación en forma permanente y continua. En caso de niños sin familia o tutor, el Gobierno Autónomo Municipal buscara los medios apropiados para integrarlos al sistema educativo.