DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

“Artículo 86. Seguridad ciudadana

II. Se implementarán políticas, planes programas, proyectos municipales además de las medidas necesarias para garantizar la seguridad e integridad de toda la población, principalmente de la niñez y adolescencia; mediante el estricto cumplimiento de las normas municipales, departamentales y nacionales sobre el funcionamiento de los locales de expendio de bebidas alcohólicas y sancionando todo acto que afecte al desarrollo integral de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, así como implementar programas de sensibilización, orientadas a la construcción de un municipio seguro, protegido y libre de violencia e inseguridad, considerando las características específicas del área urbana y rural”.