DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

compatible

En ese entendido, el artículo 93.I analizado se entiende compatible siempre que en la aplicación del parágrafo I, la autoridad municipal en el desarrollo legislativo para efectivizar “Las Defensorías de los Derechos Humanos”, se enmarque las atribuciones de estas en las competencias municipales y no emule a las del Defensor del Pueblo.