DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

“Artículo 38. Igualdad de oportunidades en la participación política

II. Todo ciudadano y ciudadana del Municipio de Punata, sin importar su sexo u orientación sexual, edad, discapacidad, origen, grado de formación académica, ideología, religión o cosmovisión y otros permitidos por la Constitución y la Ley, tendrá las mismas oportunidades de ser elegido o elegida para ocupar cargos de representación política en el Gobierno Autónomo Municipal. El sistema de elección de autoridades municipales establecerá las previsiones necesarias para garantizar tal igualdad de oportunidades.