DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Artículo 22. Transferencia y delegación de competencias

III. En caso de transferencia de competencias a la autonomía regional, se realizará un análisis previo de los temas estratégicos a ser manejados por el Gobierno Autónomo Regional, con la participación acordada de los representantes políticos y sociales de las otras entidades territoriales autónomas que conforman la Región Autónoma. Las competencias transferidas a la región autónoma formarán parte del proyecto de Estatuto de Autonomía Regional, las cuales entrarán en vigencia una vez aprobado el Estatuto mediante referendo regional correspondiente, momento desde el cual el municipio dejará de ejercer tales competencias transferidas, limitándose a su legislación.