DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2016

Fecha: 19-Sep-2016

Artículo 109.

I. El Gobierno Autónomo Municipal y las instancias responsables de apoyar al desarrollo económico y productivo local podrán prestar servicios de recojo y provisión pública de la oferta y demanda de empleo, mano de obra y otros servicios locales; orientando tal servicio a la generación y optimización del empleo en el Municipio.

II. El Gobierno Autónomo Municipal promoverá el empleo mediante la realización de capacitaciones en diferentes rubros y la mejora de las condiciones laborales: con la implementación de seguridad industrial, calidad salarial y otros, en el marco de las políticas nacionales. El Gobierno Autónomo Municipal deberá identificar y gestionar las demandas de la instrucción técnica y superior para el municipio y garantizar el capital humano en función a las necesidades del municipio.