DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 101º (Presupuesto Municipal).-

Artículo 101º (Presupuesto Municipal).- El presupuesto municipal se realizará en función a la estrategia anual de desarrollo municipal, la disposición que establece la distribución de recursos, los requerimientos financieros y el techo presupuestario fijado para el año en curso. Se basa además en estimaciones del Ministerio del área -en lo que corresponde a las transferencias- y estimaciones de las recaudaciones propias, y aplicando el sistema de presupuesto establecido por las normas legales correspondientes. Se podrán también desarrollar presupuestos plurianuales, acorde a Ley, en base a estrategias de desarrollo que abarquen más de un año.