DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 99º (Tributación y otras Recaudaciones).-

Artículo 99º (Tributación y otras Recaudaciones).- I. Acorde a la capacidad impositiva de la población, y en el marco de las competencias municipales para las recaudaciones, el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari establecerá los impuestos, tasas, patentes y otros mecanismos para la obtención de ingresos propios, mediante Ley Municipal.

III. Las obligaciones tributarias son imprescriptibles, pudiéndose facilitar incentivos mediante descuentos para el pago ágil y exenciones en casos especiales -técnica y socialmente justificados-, las cuales deberán ser definidas mediante reglamento aprobado por dos tercios de voto del Concejo Municipal.

IV. El Concejo Municipal, el Organismo Local de Control Social Permanente y las organizaciones sociales, supervisarán, y velarán por el cumplimiento de los descuentos tributarios, aportes y otras obligaciones públicas y orgánicas definidas para los adultos mayores, personas con discapacidad, áreas agrarias y otros, en función a la aplicación de los principios equidad y justicia social, tanto en el Gobierno Autónomo Municipal como en las organizaciones sociales.

V. Los vehículos que desempeñan actividades permanentes de servicio público en la jurisdicción del municipio estarán obligados a registrar y pagar sus impuestos en la Alcaldía de Villa Tunari, debiendo el Gobierno Autónomo Municipal, promover ésta política también para los vehículos particulares del municipio.

III. Las obligaciones tributarias son imprescriptibles, pudiéndose facilitar incentivos mediante descuentos para el pago ágil y exenciones en casos especiales -técnica y socialmente justificados-, las cuales deberán ser definidas mediante reglamento aprobado por dos tercios de voto del Concejo Municipal.

IV. El Concejo Municipal, el Organismo Local de Control Social Permanente y las organizaciones sociales, supervisarán, y velarán por el cumplimiento de los descuentos tributarios, aportes y otras obligaciones públicas y orgánicas definidas para los adultos mayores, personas con discapacidad, áreas agrarias y otros, en función a la aplicación de los principios equidad y justicia social, tanto en el Gobierno Autónomo Municipal como en las organizaciones sociales.

V. Los vehículos que desempeñan actividades permanentes de servicio público en la jurisdicción del municipio estarán obligados a registrar y pagar sus impuestos en la Alcaldía de Villa Tunari, debiendo el Gobierno Autónomo Municipal, promover ésta política también para los vehículos particulares del municipio”.