DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015

Fecha: 16-Ene-2015

incompatibilidad de la frase “Todas las formas de organización política -así como los cargos políticos electos o de designación en el Gobierno Autónomo Municipal, mediante sus normas internas y sus sistemas de elección y designación de representantes y autoridades-, garantizarán el equilibrio entre hombres y mujeres en la ocupación de los cargos, tanto en la alternancia en las jerarquías como en el logro del 50% de presencia de mujeres en la composición total de cargos”

Entonces se advierte la existencia de un mandato constitucional a ley a favor del Órgano Electoral Plurinacional en cuanto a la regulación y fiscalización de la composición de las  organizaciones de representación política, por lo que en ese marco corresponde declararla la incompatibilidad de la frase “Todas las formas de organización política -así como los cargos políticos electos o de designación en el Gobierno Autónomo Municipal, mediante sus normas internas y sus sistemas de elección y designación de representantes y autoridades-, garantizarán el equilibrio entre hombres y mujeres en la ocupación de los cargos, tanto en la alternancia en las jerarquías como en el logro del 50% de presencia de mujeres en la composición total de cargos” inserta en el art. 54”.