DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 172º (Explotación de Áridos y Agregados).-

Artículo 172º (Explotación de Áridos y Agregados).- En el marco del cumplimiento de las normas de manejo integral de cuencas o ríos, el Gobierno Autónomo Municipal podrá realizar la explotación de los áridos y agregados de la jurisdicción territorial del municipio. Generará la extracción de manera directa o a través de emprendimientos privados por parte de ciudadanos del municipio, en coordinación con las organizaciones sociales correspondientes, de acuerdo a reglamentación municipal.

“Artículo 172º (Explotación de Áridos y Agregados).- En el marco del cumplimiento de las normas de manejo integral de cuencas o ríos, el Gobierno Autónomo Municipal podrá realizar la explotación de los áridos y agregados de la jurisdicción territorial del municipio. Generará la extracción de manera directa o a través de emprendimientos privados por parte de ciudadanos del municipio, en coordinación con las organizaciones sociales correspondientes, de acuerdo a reglamentación municipal”.