DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 48º (Función y Dependencia de la Guardia Municipal).-

Artículo 48º (Función y Dependencia de la Guardia Municipal).- I. La Guardia Municipal ejercerá sus funciones de manera integral, indivisible y bajo mando único y directo del Alcalde o Alcaldesa, o a través de las autoridades jerárquicas respectivas, en conformidad con la Ley Municipal y las demás leyes del Estado.

“Artículo 48º (Función y Dependencia de la Guardia Municipal).- I. La Guardia Municipal ejercerá sus funciones de manera integral, indivisible y bajo mando único y directo del Alcalde o Alcaldesa, o a través de las autoridades jerárquicas respectivas, en conformidad con la Ley Municipal y las demás leyes del Estado.