DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 69º (Igualdad de Oportunidades para ser Alcalde o Alcaldesa).-

Artículo 69º (Igualdad de Oportunidades para ser Alcalde o Alcaldesa).- Para garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en la elección de Alcalde o Alcaldesa, cinco años de gestión corresponderá a candidatos varones y cinco años a mujeres, y así sucesivamente de manera intercalada. Para ello, todas las organizaciones políticas participantes en la contienda electoral, propondrán como candidatos para Alcalde a varones y en las siguientes elecciones municipales a mujeres o viceversa, salvo casos de postulación a reelección.

“Artículo 69º (Igualdad de Oportunidades para ser Alcalde o Alcaldesa).- Para garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en la elección de Alcalde o Alcaldesa, cinco años de gestión corresponderá a candidatos varones y cinco años a mujeres, y así sucesivamente de manera intercalada. Para ello, todas las organizaciones políticas participantes en la contienda electoral, propondrán como candidatos para Alcalde a varones y en las siguientes elecciones municipales a mujeres o viceversa, salvo casos de postulación a reelección”.