DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015

Fecha: 16-Ene-2015

las organizaciones sociales estarán obligadas a ejercer control social de manera especial, y denunciar ante las instancias pertinentes, velando por la ejecución de las sanciones correspondientes”.

II. Estará prohibido, bajo sanción estricta, la negación del uso de transporte público de pasajeros, por estar acompañado de niños, tener bulto, ser escolar, adulto mayor, persona con discapacidad o mujer embarazada. Así mismo estará prohibido, el mal trato a los pasajeros y éstos a los prestadores del servicio de transporte; las organizaciones sociales estarán obligadas a ejercer control social de manera especial, y denunciar ante las instancias pertinentes, velando por la ejecución de las sanciones correspondientes”.