DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015

Fecha: 16-Ene-2015

incompatibilidad de la frase “derecho humano a la interculturalidad” del parágrafo III,

De la norma constitucional se desprende el carácter de la interculturalidad como instrumento de cohesión entre culturas, que podría ser asumido inclusive como un principio, mas no ser considerado como un derecho humano desnaturalizando su carácter axiológico, por lo que en tal razón se declara la incompatibilidad de la frase “derecho humano a la interculturalidad” del parágrafo III, del artículo analizado.