DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 140º (Desarrollo de la Infancia y Niñez).-

Artículo 140º (Desarrollo de la Infancia y Niñez).- I. En el marco de la protección y derechos de la infancia y niñez, el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari, en coordinación con los otros niveles de gobierno del Estado, asume como prioridad la protección del interés superior de la niñez, mediante:

4)  Implementación de políticas públicas, expresados en programas, proyectos, planes o acciones, defensa, atención, protección a favor de la infancia, la niñez y adolescencia; además de programas de prevención contra de toda forma de violencia, para garantizar un desarrollo saludable e integral de los mismos.

II. El régimen de la infancia, niñez y adolescencia estará establecido por la Ley Municipal de Desarrollo Integral de la Infancia, Niñez y Adolescencia, el cual tendrá su conjunto de reglamentos y otras normas municipales operativas definidas en base a los parámetros establecidos en la presente Carta Orgánica y las leyes correspondientes.

II. El régimen de la infancia, niñez y adolescencia estará establecido por la Ley Municipal de Desarrollo Integral de la Infancia, Niñez y Adolescencia, el cual tendrá su conjunto de reglamentos y otras normas municipales operativas definidas en base a los parámetros establecidos en la presente Carta Orgánica y las leyes correspondientes”.