DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 77º (Equilibrio y Equidad Social en Composición de Cargos).-

Artículo 77º (Equilibrio y Equidad Social en Composición de Cargos).- I. Todos los cargos del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari sin excepción, así como sus entidades descentralizadas, cumplirán con el equilibrio de llegar al menos al cincuenta por ciento de participación de mujeres. Asimismo, en la totalidad de los cargos jerárquicos.

II. En caso de existencia de personas con discapacidad en el municipio y que soliciten trabajar en el Gobierno Autónomo Municipal, se incorporarán como mínimo un cuatro por ciento (4%) de la totalidad de los cargos de planta, así como en sus entidades descentralizadas, reglamentando el mismo en función al grado de discapacidad.

III. Para la postulación a los diferentes cargos de servicio público, no se exigirán requisitos ajenos a la capacidad de ejercicio efectivo del cargo. Ninguna persona podrá ser inhabilitada o discriminada de la postulación a cualquiera de los cargos en el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Tunari, por tener insuficiente o demasiada edad, por ser hombre, mujer, persona perteneciente a las orientaciones sexuales e identidades de género diversas, persona con discapacidad, indígena originaria campesina, de piel morena o blanca, por tener personalidad, religión o cultura diferente, por no contar con título académico o en provisión nacional o amplia experiencia laboral y otros aspectos ajenos a la capacidad y compromiso social para ocupar y ejercer el cargo, salvo excepciones establecidas por Ley. La reglamentación establecerá mecanismos de igualdad de oportunidades.