Auto Supremo AS/0386/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2019-RRC

Fecha: 24-May-2019

Con relación al referido precedente, no se advierte aspecto contradictorio alguno, debido a que el


Con relación al referido precedente, no se advierte aspecto contradictorio alguno, debido a que el mismo no lleva consigo aspecto relacionado al control de convencionalidad, que en este caso -en criterio del recurrente- hubiera omitido considerar el Tribunal de alzada, motivo por el cual no se advierte la supuesta contradicción denunciada; por otro lado, respecto a que la resolución recurrida carecería de fundamentación, es preciso considerar que el Auto de Vista en el punto 9.1.2. con relación a la denuncia, de manera puntual hizo una precisión a los aspectos solicitados, señalando que los recurrentes hicieron referencia a la normativa denunciada consistente en la Ley N° 007 de Modificaciones al Sistema Normativo Penal de 18 de mayo de 2010, Ley N° 586 de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, de 30 de octubre de 2014 y que los Derechos Humanos reconocidos por los Tratados y convenios internacionales de los cuales Bolivia es parte, hubiesen sido prácticamente anulados al no ejercer el control de Convencionalidad de aplicar y poner en práctica esas leyes. Destacando que la afectación generada en la situación jurídica de la persona involucrada en el proceso, se constituía en un elemento incorporado recientemente por los fallos de la CIDH, especificando el tiempo transcurrido en el proceso que resulta de más de 8 años, extremo que afectaría no solo al recurrente, sino a todos los coimputados