Auto Supremo AS/0386/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2019-RRC

Fecha: 24-May-2019

Sobre la existencia de dinamitas se demostró que el imputado Eivar Miguel Díaz Gutiérrez (declarado


Los ejecutivos de la FUL entre los que se individualizó a Alvaro Ríos se encontraban con dirigentes de la FUL en la vigilia realizada la noche del 23 de mayo de 2008, donde se hubieron producido actos de violencia así como la quema de llantas y detonaciones de dinamitas en inmediaciones del estadio Patria, lugar donde se vio la presencia de vehículos de la Alcaldía Municipal cargado de llantas, coca y barbijos, vigilia que tenía por propósito evitar el ingreso de campesinos afines al gobierno.

Sobre la existencia de dinamitas se demostró que el imputado Eivar Miguel Díaz Gutiérrez (declarado rebelde en el presente caso), se hallaba el 23 de mayo de 2008 en la ciudad de Potosí, siendo que el 23 de mayo de 2008 a horas 16:50 Robert Lenín Sandoval desde Sucre hizo un giro vía fax No 42 al destinatario en Potosí Eivar Diaz Gutiérrez por 850 Bs, dinero que fue recogido por Eivar Díaz y luego que compraron cartuchos de dinamita retornaron el mismo día a la ciudad de Sucre, adquiridos con dineros que procedían de recursos de la FUL que los camuflaban en aspectos culturales y académicos