Auto Supremo AS/0386/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2019-RRC

Fecha: 24-May-2019

Sobre estos planteamientos se evidencia que el Tribunal de alzada refirió que la fundamentación fáctica


Sobre estos planteamientos se evidencia que el Tribunal de alzada refirió que la fundamentación fáctica efectuada en la sentencia, resultaba ser el resumen de lo expuesto en ambas acusaciones, no siendo evidente que por el delito de Lesiones Graves o Leves por el que fue acusado el recurrente, no se haya especificado de qué lesiones se trataba, pues claramente se advertía que aparte de hacerse mención a lesiones físicas a determinadas personas (policías, militares y campesinos), dichas lesiones también fueron esencialmente psíquicas, por los vejámenes, torturas y humillaciones a las que se sometieron a los campesinos en las Zonas de Tintamayu y del Abra o Rumy Rumy y Cruce de Azary; determinándose con claridad cuál fue la conducta activa ejercida en dichos hechos por el recurrente que no es otra que dirigir y mandar a los grupos de choque, con conocimiento de causa y con dolo, para que ejecuten los mismos, haciendo previamente que se replieguen las fuerzas del orden, para luego mandar a los grupos de choque para que procedan a agredir, vejar, torturar y humillar a los campesinos víctimas, hechos que fueran demostrados y constatados por el Tribunal de Sentencia con atribución propia y merced a la compulsa de todo el acervo probatorio producido en la causa e identificado en la sentencia apelada y no como sostenía el imputado apelante de que no existiría material fáctico que lo demuestre