Auto Supremo AS/0386/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2019-RRC

Fecha: 24-May-2019

El Auto Supremo 236 de 7 de marzo de 2007, que fijó la siguiente doctrina


En este sentido es pertinente señalar de defecto absoluto en la tramitación de la causa el haber ampliado la acusación por otros delitos de acción pública, cuando a solicitud de la querellante se autorizó la conversión de la acción pública a una acción privada, en aplicación de los artículos 2 y 26 del Código de Procedimiento Penal, por lo que el Tribunal de Casación en resguardo del debido proceso, al evidenciar que el Tribunal de Alzada no se pronunció sobre dicha denuncia formulada en la apelación restringida, le corresponde anular el Auto de Vista recurrido y disponer se pronuncie una resolución coherente y exhaustiva”.

El Auto Supremo 236 de 7 de marzo de 2007, que fijó la siguiente doctrina legal aplicable: “El debido proceso se manifiesta en que las partes procesales gocen de los derechos y garantías previstas para que la investigación y juzgamiento se desarrollen en el marco del respeto a los derechos fundamentales de la persona, sea aquella el acusador particular o público, y el acusado; precepto al que se suma el derecho a la seguridad jurídica, debiendo la actividad jurisdiccional esmerarse para brindar a los administrados la seguridad que las decisiones se enmarquen en los preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado, Los Tratados y Convenios Internacionales, y la Ley