Auto Supremo AS/0386/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2019-RRC

Fecha: 24-May-2019

En el ámbito de esta denuncia, se verifica de los antecedentes que el referido imputado


En el ámbito de esta denuncia, se verifica de los antecedentes que el referido imputado alegó en su recurso de apelación restringida, la vulneración del debido proceso, por infracción al principio del non bis in ídem, argumentando que mediante prueba documental debidamente judicializada, había demostrado de manera fehaciente que fue denunciado por Víctor Cutipa, siendo condenado por el mismo hecho, situación que hizo conocer en el juicio al Tribunal de Sentencia, que omitiendo esta situación, volvió a condenarlo por el mismo hecho; planteamiento éste que fue resuelto por el Tribunal de alzada en sentido de que si bien el apelante fue denunciado y juzgado por el hecho de haber allanado el domicilio de Víctor Cutipa, en su afán de sacar de él a los campesinos que en ese lugar se refugiaban de las agresiones que estaba siendo objeto y que fue condenado por ese hecho; sin embargo, conforme el propio apelante lo reconocía en los demás motivos del recurso, no fue juzgado y menos sancionado en esta causa penal, por ese hecho, sino por los hechos fácticos resumidos en la fundamentación fáctica de la Sentencia; es así, que previa glosa, el Tribunal de apelación asumió que el imputado no fue juzgado en la presente causa, por el hecho de haber ingresado al inmueble de propiedad de Víctor Cutipa o en mérito a su denuncia, sino por los hechos transcritos y expuestos en las acusaciones pública y particular, no siendo por ello evidente la infracción a la prohibición establecida en el art. 4 del CPP, relativa a la aplicación del non bis in ídem, al no concurrir la identidad de hechos, sujetos y causa, a excepción del Ministerio Público, cuya participación en ambos, por constituir delitos de orden público, resultaba inexcusable, siendo finalmente declarado improcedente el motivo