Auto Supremo AS/0386/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2019-RRC

Fecha: 24-May-2019

En el segundo motivo del recurso de casación interpuesto por Aydee Nava Andrade, se


Los aspectos fundamentados por el Auto de Vista hacen ver que el Tribunal de alzada no incurrió en violación del debido proceso por el supuesto incumplimiento de la Sentencia, de lo preceptuado por el art. 13 del CP, en relación a los delitos de Coacción y Lesiones Graves, debido a que el Auto de Vista de manera consistente fundamentó la aplicación de la normativa que hizo alusión, verificando que el actuar del imputado fue reprochable penalmente, haciendo referencia de manera detalla a su participación en el hecho motivo de este proceso, señalando además los argumentos de la Sentencia e incluso de otros motivos en los que también se analizó la participación del ahora recurrente, lo que lleva a señalar que el Auto de Vista respondió a las denuncias planteadas con base a las exigencias establecidas en los arts. 124 y 398 del CPP, por lo que este motivo no tiene asidero legal.

En el segundo motivo del recurso de casación interpuesto por Aydee Nava Andrade, se denuncia que no obstante ser acusada por la presunta comisión de los delitos de Sedición, Lesiones Graves y Leves y Coacción, bajo la modalidad prevista en el art. 13 bis del CP, es decir, por comisión por omisión, fue condenada por autoría; y ante su impugnación en alzada, se le dio por respuesta que su conducta real y verdadera constatada por el Tribunal de juicio no fue de comisión por omisión, sino por acción en la forma detallada en la fundamentación de la Sentencia, incurriendo en incongruencia entre lo reclamado y respondido, dado que por su parte, reclamó la inobservancia de lo previsto por el art. 13 bis del CP