Auto Supremo AS/0386/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2019-RRC

Fecha: 24-May-2019

Lo precedentemente señalado, implica que el Tribunal de apelación, no se encuentra exento de fundamentar


Debe añadirse que la exigencia de la motivación y fundamento suficientes, están encaminadas a la comprensión de las partes que intervienen en el proceso como de cualquier interesado, del porqué del decisorio; para lo cual, el razonamiento empleado debe encontrarse plasmado en el fallo con el debido sustento legal (fundamentación) y la vinculación de la norma al caso concreto, que no es otra cosa que la explicación del porqué las normas citadas son aplicables al caso analizado (motivación).

Lo precedentemente señalado, implica que el Tribunal de apelación, no se encuentra exento de fundamentar las Resoluciones que emita, contrariamente, siendo el Tribunal contralor de la legalidad ordinaria y logicidad de la Sentencia, está constreñido a emitir resoluciones, cuya estructura lógico jurídica, permita apreciar y/o entender que el pronunciamiento emanado -que debe estar debidamente fundamentado y motivado- exprese, sobre la base del derecho objetivo, las razones por las cuales se asumió una determinación; lo contrario, infringe el art. 124 del CPP y con ello el debido proceso en sus vertientes de debida fundamentación y seguridad jurídica