DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 115 (Recepción y Entrega del Proyecto).-

Artículo 115 (Recepción y Entrega del Proyecto).- A la conclusión de la ejecución de los proyectos, se hará la recepción y entrega provisional, subsanadas las observaciones, se hará la entrega final de los mismos, en función al informe de conformidad de la fiscalización y/o supervisión técnica, así como de los representantes de la comunidad beneficiaria y control social, sin que ello genere dependencia, retardación o beneficios particulares a cambio de firmas, en cuyo caso se deberá realizar obligatoriamente la denuncia, para su prosecución por delito de corrupción.

Artículo 115 (Recepción y Entrega del Proyecto).- A la conclusión de la ejecución de los proyectos, se hará la recepción y entrega provisional, subsanadas las observaciones, se hará la entrega final de los mismos, en función al informe de conformidad de la fiscalización y/o supervisión técnica, así como de los representantes de la comunidad beneficiaria y control social, sin que ello genere dependencia, retardación o beneficios particulares a cambio de firmas, en cuyo caso se deberá realizar obligatoriamente la denuncia, para su prosecución por delito de corrupción”.