DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Articulo 24 (

Con fines de prevenir y evitar la generación de conflictos sociales, todas las autoridades y servidores públicos municipales, estarán obligadas a atender todas la solicitudes de la ciudadanía y de las organizaciones sociales de la jurisdicción del municipio, de manera efectiva y oportuna, debiendo explicar completa, adecuada y amablemente las razones ante casos imposibilidad de acceder a solicitudes. Previniendo además cualquier posibilidad de conflicto dentro el Gobierno Autónomo Municipal.