DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 147 (Ordenamiento territorial y desarrollo de urbanizaciones)

El ordenamiento territorial del municipio, será planificada de manera obligatoria, al menos cada diez años, identificando los puntos estratégicos para la construcción de la nueva infraestructura pública para el acceso territorial de la población a los espacios y servicios públicos y privados, la protección de los pulmones ecológicos, los ecosistemas y la biodiversidad, orientando el proceso hacia una expansión urbana vertical en puntos desconcentrados, en equilibrio con los ecosistemas naturales.