DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Sobre el parágrafo VI

El art. 308 de la CPE, señala “I. El Estado reconoce, respeta y protege la iniciativa privada, para que contribuya al desarrollo económico, social y fortalezca la independencia económica del país. II. Se garantiza la libertad de empresa y el pleno ejercicio de las actividades empresariales, que serán reguladas por la ley.”

El Gobierno Autónomo Municipal se encuentra facultado para promover diferentes actividades ante las instancia correspondientes aunque las mismas no sean actividades propias a las competencias municipales, sin embargo no se encuentra facultado para realizar actividades sobre las cuales la norma constitucional ha establecido a otro nivel de gobierno como titular.