DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 189 (Integralidad de la participación social).-

Artículo 189 (Integralidad de la participación social).- La participación social es un derecho constitucional y se garantiza, se ejerce en el ámbito Municipal en todas las instancias descentralizadas, desconcentradas, reparticiones y órganos de Gobierno, por medio de la organización social, en la toma de decisiones o medidas en las políticas públicas Municipales, respetando los mecanismos, lineamientos de acción y procedimientos establecidos en las normas vigentes.