DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 27 (Competencias Concurrentes y Compartidas).-

I. Las competencias concurrentes, listadas en el parágrafo II del artículo 299 de la Constitución Política del Estado, serán reglamentadas, ejecutadas y fiscalizadas por el Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos en el marco de las responsabilidades o competencias específicas asignadas por la Ley del Gobierno Central, conforme a lo establecido en el Artículo 297, parágrafo I, numeral 3, de la Constitución Política del Estado.